¿Cómo se reparte una herencia en Cataluña?

Cómo se reparte una herencia. Persona firmando un acuerdo

La planificación patrimonial es un aspecto clave que toda persona debería tener en cuenta, más aún si nuestra voluntad es llevar a cabo un reparto de la herencia meticuloso y eficaz para el momento en el que ya no estemos. Por lo tanto, ¿Cómo se reparte una herencia en Cataluña?

El reparto de una herencia integra la distribución de bienes del fallecido entre los herederos en proporción a la cuota que corresponda a cada uno de ellos. En esta línea es importante tener en cuenta que la herencia no está formada únicamente por los bienes y derechos del difunto, sino también por sus deudas, que se transmiten a los herederos en el caso de que acepten la herencia.

La partición. Cómo se reparte una herencia

El Código Civil de Cataluña establece que todo coheredero puede solicitar la partición de la herencia, excepto en los supuestos de indivisión ordenada por el fallecido en testamento. La partición puede tramitarse de distintas maneras:

  • Partición por el causante: la partición puede llevarla a cabo el propio testador mediante un acto entre vivos o de última voluntad, y puede afectar a toda la herencia o sólo a una parte del caudal, o bienes concretos.
  • Partición por albacea o contador partidor: en este caso el causante encomienda la partición a un albacea o un contador partidor. Este debe actuar de acuerdo con las reglas que el causante haya establecido y, en lo no previsto, de acuerdo con la ley.
  • Partición por los coherederos: los herederos pueden hacer la partición en común del modo que crean conveniente, incluso prescindiendo de las disposiciones particionales establecidas por el causante. Por ejemplo, si el causante ha designado a un contador partidor, los herederos pueden acordar unánimemente hacer la partición prescindiendo de ellos, salvo que el causante haya prohibido expresamente esta posibilidad.
  • Partición arbitral o judicial: el causante, en previsión de que los herederos no lleguen a un acuerdo para hacer la partición, puede optar por un arbitraje testamentario para solucionar las diferencias que puedan surgir en la distribución o administración de la herencia. Los herederos también pueden, de común acuerdo, someter a arbitraje el reparto de la herencia o las controversias que deriven de esta. Además, en caso de desacuerdo, cualquiera de ellos puede instar la partición judicial.

Reglas de adjudicación en la partición de una herencia

Para saber cómo se reparte una herencia, debemos conocer las reglas de adjudicación. En el caso de cosas indivisibles o que desmerecen al dividirse y las colecciones de interés artístico, histórico, científico o documental deben adjudicarse de acuerdo con las reglas del artículo 552.11 del Código Civil Catalán el cual establece lo siguiente:

  1. Cualquiera de los cotitulares, si no se ponen de acuerdo para dividir la comunidad o para someter la división a un arbitraje, puede instar a la autoridad judicial para que efectúe la división.
  2. Si el bien es susceptible de adoptar el régimen de propiedad horizontal, puede establecerse este régimen adjudicando los elementos privativos de forma proporcional a los derechos en la comunidad y compensando en metálico los excesos.
  3. Puede efectuarse la división adjudicando a uno o más cotitulares el derecho real de usufructo sobre el bien objeto de la comunidad y adjudicando a otro u otros cotitulares la nuda propiedad.
  4. El cotitular o la cotitular que lo es de las 4/5 partes de las cuotas o más puede exigir la adjudicación de la totalidad del bien objeto de la comunidad pagando en metálico el valor pericial de la participación de los demás cotitulares.
  5. El objeto de la comunidad, si es indivisible, o desmerece notablemente al dividirse, o es una colección que integra el patrimonio artístico, bibliográfico o documental, se adjudica al cotitular o la cotitular que tenga interés en el mismo.
  6. Las comunidades ordinarias que existen entre los cónyuges, en los procedimientos de separación, divorcio o nulidad matrimonial, pueden dividirse considerando como una sola división la totalidad o una parte de los bienes sometidos a este régimen.

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    Ramón Pratdesaba Ricart
    Ramón Pratdesaba ejerce como abogado en Barcelona desde el año 1988 y desde hace más de 25 años está especializado en el derecho de sucesiones.