Herencia y problemas

Herencia y problemas. Qué debes conocer. Abogados de Barcelona

Herencia y problemas son dos palabras que, desagraciadamente, suelen ir de la mano. Los trámites que hay que hacer, los impuestos a pagar unido a conflictos que surgen en las herencias abintestato, las discusiones entre los herederos, los problemas de herencia entre hermanos, las herencias intermedias y otras circunstancias, hacen que sea necesario prevenirlos en la medida que sea posible. Por ello si has heredado o es posible recibir una herencia en unos meses o años te va a interesar este artículo.

Problemas al heredar

En España y en cualquier lugar del mundo, cuando recibimos una herencia lo primero que se nos viene a la mente son los beneficios económicos que nos puede traer. Sin embargo, no nos detenemos a pensar los problemas de la herencia que algunas veces suelen aparecer incluso antes de comenzar con la tramitación.

Aquí tienes una relación de los más frecuentes:

  1. Sucesión ab intestato: La sucesión intestada, también llamada “ab intestato”, tiene lugar cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento o bien, si lo ha otorgado, cuando el testamento en cuestión es nulo. En este tipo de sucesión es la ley la que determina qué parientes heredan y en qué proporciones. Pudiendo heredar sujetos inesperados.
  2. Desheredación: Excluir a una persona de la herencia. De aquí pude surgir la inconveniencia de que el testamento devenga nulo si no se ha desheredado con causa justa.
  3. Existencia de deudas: Aceptar una herencia supone convertirse en heredero de todos los bienes, pero también en responsable de las deudas del fallecido. Salvo que la aceptación se haga a beneficio de inventario, es decir, bajo condición de que las deudas no superen a los derechos de la herencia.
  4. Cómo afectan las donaciones a las herencias: Las donaciones inoficiosas son aquellas en que el donante realiza una disposición patrimonial superior a la que le está permitida por testamento, perjudicando así a los legitimarios.
  5. Desacuerdo en el reparto de los bienes: Hay que hacer referencia a las desavenencias personales, pero también a la discrepancia en la valoración de los bienes. No en vano, también hay que recordar que, en menor medida, sigue habiendo testamentos que incluyen cláusulas que no se ajustan a derecho. Otro aspecto que hay que recordar es que no en todos los territorios la legítima se distribuye igual o vale lo mismo. En cualquier caso, cualquier resolución de un apoyo externo supone un gasto adicional. Las dos opciones que existen son recurrir a un mediador o a la justicia ordinaria.
  6. Plazo de pago de los impuestos correspondientes: En el caso de herencias o de legados, el plazo es de seis meses a contar desde la fecha del fallecimiento. Dentro de los cinco primeros meses se puede presentar una solicitud de prórroga, y la concesión de esta amplia el plazo de presentación hasta seis meses más.

En Herento somos especialistas en planificación sucesoria, nuestro equipo está formado por juristas y fiscalistas de larga trayectoria profesional y de reconocido prestigio en sus campos. Nuestro equipo cuidará ti y de los tuyos.

Imagen de Joseph Mucira en Pixabay

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      Rubén Mendiola Oliva
      Abogado de Barcelona, Máster en especialización en Derecho de Familia y Sucesiones. Socio fundador de Herento, donde ejerce como abogado especialista en sucesiones. Amplia experiencia en la gestión y planificación de herencias, destaca su labor en la planificación sucesoria, la tramitación de herencias contenciosas y no contenciosas.