Derechos Hereditarios: Todo lo que necesitamos saber

En este artículo conoceremos todo lo referente a la venta de nuestros derechos hereditarios y resolveremos todas las dudas que se puedan plantear sobre este tema, algo que como abogados de herencias, vemos con frecuencia en nuestra actividad diaria.

Derechos hereditarios: ¿ Es posible venderlos antes de recibirlos?

La respuesta inicial es , pero tiene algunos matices importantes. Aunque podemos vender los derechos hereditarios, no es posible vender la condición de heredero en sí.

La condición de ser heredero es única para cada individuo y no puede ser objeto de venta o transferencia. Este estatus está fijado por ley y las disposiciones testamentarias y está prohibido transmitirlo de persona a persona.

Matizaciones a la Respuesta Afirmativa

  • Prohibición de vender herencia futura: Una de las más importantes restricciones es que está completamente prohibido vender una herencia futura mientras el causante (la persona que deja la herencia) aún está vivo. Solo una vez que se confirme la defunción del causante, se podrá proceder a vender los derechos hereditarios.
  • Muerte del causante: Por lo tanto, la muerte del causante es un prerrequisito para poder vender derechos hereditarios. Sin la confirmación de este hecho, la venta de tales derechos no es legalmente válida.
  • Testamento No es suficiente: También es vital entender que el simple hecho de redactar un testamento no habilita la venta de derechos hereditarios. La persona causante debe haber fallecido para que estos derechos se activen y puedan ser objeto de una venta legítima.
  • Protocolización y escritura notarial: Una vez que se han vendido los derechos hereditarios, el comprador podrá tomar posesión de la herencia solo después de que los mismos hayan sido protocolizados y traspasados mediante una escritura notarial. Esta es una etapa crucial que da legitimidad legal a la transacción.

Traspaso de herencia: Aspectos legales y financieros

En el ámbito de las transacciones legales, el tema de la herencia es uno de los más delicados y complejos. A menudo surgen preguntas sobre cómo se realiza el traspaso de herencia y qué limitaciones existen. En este artículo, arrojaremos luz sobre los aspectos más cruciales que se deben tener en cuenta tanto para el vendedor como para el comprador.

Traspaso integral de la cuota hereditaria

Una de las primeras cosas que hay que entender es que está prohibido vender sólo una parte de la herencia que le corresponde al vendedor. Esto significa que si decides vender tus derechos hereditarios, tendrás que traspasar todo tu porcentaje en la herencia, que incluye tanto los activos como las deudas.

Ejemplo Práctico: Herencia compartida entre 4 herederos

Supongamos que eres uno de los 4 herederos y te corresponde un 40% del caudal hereditario. Si decides vender tus derechos, no podrás escoger vender sólo ciertos activos; tendrás que traspasar el 40% completo que te corresponde, tanto de activos como de deudas. Además, es importante tener en cuenta que esta transacción solo afectará tu porcentaje de la herencia; el 60% restante seguirá perteneciendo a los otros tres herederos que no han vendido sus derechos.

Responsabilidad del comprador en deudas hereditarias

También es crucial para el comprador entender que al adquirir los derechos hereditarios, está asumiendo tanto los activos como las deudas que están ligadas a esa porción de la herencia. En otras palabras, no es simplemente una ganancia financiera; también puede haber obligaciones que deben ser cumplidas.

Importancia de la Asesoría Legal y Financiera

Tanto el vendedor como el comprador deben estar asesorados por expertos legales y financieros. Esto es vital para entender el alcance y las responsabilidades que conlleva el traspaso de herencia, especialmente en casos donde hay múltiples herederos y deudas en juego.

Aceptación de Herencias: Costos y fiscalidad

La aceptación de una herencia no es un proceso gratuito; viene acompañada de diversos costos y responsabilidades fiscales. En este artículo, analizamos los costos aproximados para aceptar una herencia y los impuestos que se deben pagar al recibir una. Además, compartimos una actualización relevante sobre el Impuesto de Sucesiones en Andalucía.

¿Qué puede costar una aceptación de herencia?

Es crucial tener en cuenta que el costo de aceptar una herencia es variable y depende de varios factores como la complejidad del caso, los activos involucrados y las deudas pendientes. Sin embargo, de manera aproximada, los gastos involucrados incluyen los honorarios del Notario, los costos de un Abogado especializado en herencias, el Impuesto sobre Sucesiones, y si hay bienes inmuebles, los gastos de Registro de la Propiedad.

Costo Medio Aproximado: En una herencia sin situaciones complejas y con un caudal hereditario aceptable, los costos pueden oscilar entre los 5.000 y 6.000 euros. Este precio incluiría todos los gastos mencionados: Notario, Abogado, Impuestos y Registro.

Nota: Estos precios son solo aproximaciones y pueden variar considerablemente según las circunstancias.

Impuestos que se deben pagar al recibir una herencia?

  • Impuesto sobre Sucesiones: Este es el principal gravamen que afecta a las herencias en España. Se paga al aceptar la herencia y su cuantía varía dependiendo de la Comunidad Autónoma.
  • Plusvalía en Bienes Inmuebles: Si la herencia incluye bienes inmuebles, también podrías tener que abonar el impuesto sobre la plusvalía del valor del terreno de naturaleza urbana.

Actualización Importante para Andalucía

En Andalucía, el Impuesto sobre Sucesiones está bonificado al 99% en transferencias entre padres e hijos, cónyuges y abuelos. Además, cabe destacar que en 2022 se reducirá el Impuesto de Sucesiones para hermanos, tíos y sobrinos, que pasará a tener un máximo del 45%. Para más información, puedes consultar la noticia publicada el 7 de octubre de 2021 en eldiario.es (ver noticia).

Otras consideraciones sobre los derechos hereditarios

Vender los derechos de una herencia es un tema delicado pero completamente viable bajo el marco legal español. En este artículo, profundizamos en los aspectos más relevantes que debes conocer si estás considerando vender tus derechos hereditarios.

Marco legal de la venta de derechos hereditarios

La venta de derechos hereditarios se encuentra regulada por el Código Civil Español, específicamente en los artículos 1531 y 1067.

Artículo 1531 CC: Este artículo establece que si vendes una herencia en su totalidad, sin detallar los bienes que la componen, sólo estarás obligado a responder por tu cualidad de heredero.

Artículo 1067 CC: Aquí se menciona que si un heredero vende su derecho a un tercero antes de la partición de bienes, los otros coherederos tienen el derecho de sustituir al comprador, siempre que lo hagan dentro del mes siguiente a conocer la venta.

Consideraciones a tener en cuenta

  • Universalidad de Bienes: La venta de derechos hereditarios abarca tanto los bienes presentes como los futuribles en el caudal hereditario.
  • Procedimiento de venta: Primero, el heredero debe aceptar formalmente la herencia. Una vez hecho esto, se puede proceder a la venta. La venta incluirá tanto activos como deudas, pero no traspasará la cualidad de heredero.
  • Condiciones para coherederos: Si existen coherederos, debes notificar tu intención de vender y obtener su consentimiento. Esto es crucial porque los coherederos tienen la opción de aumentar su porción hereditaria, conocida como el «derecho a acrecer».
  • Documentación Necesaria: Se debe formalizar la venta mediante un contrato de cesión de derechos hereditarios. Lo ideal es que este contrato se eleve a público mediante escritura notarial.
  • Contenido Mínimo del Contrato: El contrato debe incluir la identificación de las partes, descripción de la herencia, fecha, precio, forma de pago y el tipo de cesión que se realiza.

Requisitos Obligatorios para la Venta

  • La venta debe ser del 100% de tus derechos hereditarios; no se puede hacer de manera parcial.
  • Debes ser heredero, no un legatario.
  • El causante debe haber fallecido antes de realizar la venta.
  • Precio alzado y determinado.

Dentro de las consecuencias fiscales más relevantes debemos reseñar que el vendedor debe cumplir con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, así como con el IRPF. El comprador, por su parte, deberá abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Finalmente destacar que es muy importante contar con asesoramiento de abogados especialistas en el derecho sucesorio. Sobre todo si nos encontramos en una situación donde estemos considerando vender nuestros derechos hereditarios. En Herento resolveremos todas las dudas que se te puedan plantear sobre este tema.

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Ramón Pratdesaba Ricart
Ramón Pratdesaba ejerce como abogado en Barcelona desde el año 1988 y desde hace más de 25 años está especializado en el derecho de sucesiones.