¿Dónde es más barato heredar?

La herencia es un proceso complejo que puede conllevar un coste económico importante y es necesario el asesoramiento de un buen equipo de abogados de herencias como el nuestro. El importe de los impuestos a pagar depende de la comunidad autónoma en la que se encuentre el fallecido y del parentesco entre el fallecido y los herederos, por eso a menudo nos preguntamos ¿dónde es más barato heredar?

A continuación explicamos las particularidades de heredar en Cataluña, Madrid y Valencia.

Cataluña

En Cataluña, el impuesto sobre sucesiones y donaciones es el más elevado de España. La escala del impuesto es progresiva, es decir, cuanto mayor sea el valor de la herencia, mayor será el impuesto a pagar.

Sobre base liquidable del impuesto sobre sucesiones y donaciones se debe aplicar la tarifa para obtener la cuota íntegra.

Base liquidable Cuota íntegra Resto base liquidable Tipo
0,00 0,00 50.000,00 7,00
50.000,00 3.500,00 150.000,00 11,00
150.000,00 14.500,00 400.000,00 17,00
400.000,00 57.000,00 800.000,00 24,00
800.000,00 153.000,00 en adelante 32,00

Una vez determinada esta cuota, se tiene que aplicar un coeficiente multiplicador, que depende del grado de parentesco y del patrimonio preexistente (exceptuando el período del 01.01.2010 al 30.04.2020, en el que únicamente dependía del grado de parentesco).

Patrimonio preexistente Grupos I y II Grupo III Grupo IV
De 0 a 500.000 1,00 1,5882 2,00
De 500.000,01 a 2.000.000,00 1,10 1,5882 2,00
De 2.000.000,01 a 4.000.000,00 1,15 1,5882 2,00
Más de 4.000.000 1,20 1,5882 2,00

El siguiente cuadro recoge los grupos de parentesco que rigen en las adquisiciones por causa de muerte, en caso de herencia y legado, así como en las adquisiciones que tributan por donación.

Grupo Integrantes
I Hijos menores de 21 años y otros descendientes (nietos, bisnietos, tataranietos y trastataranietos) menores de 21 años
II Cónyuge o pareja estable, hijos de 21 años o más, resto de descendientes (nietos, bisnietos, tataranietos y trastataranietos) de 21 años o más, progenitores y otros ascendientes
III Colaterales de 2º y 3er grado y ascendentes y descendientes por afinidad
IV Colaterales de 4º grado o de grados más distantes y extraños

Por ejemplo, heredar una vivienda de 500.000 euros de un padre a un hijo supone pagar un impuesto de 14.000 euros. Si el heredero es un cónyuge, el impuesto a pagar se reduce a 2.500 euros.

Madrid

En Madrid, el impuesto de sucesiones es mucho más reducido que en Cataluña. La escala del impuesto es mucho más baja, por lo que el coste de la herencia es menor.

Por ejemplo, heredar una vivienda de 500.000 euros de un padre a un hijo supone pagar un impuesto de 2.520 euros. Si el heredero es un cónyuge, el impuesto a pagar se reduce a 252 euros.

Andalucía

En Andalucía, el impuesto de sucesiones también es más reducido que en Cataluña. La escala del impuesto es similar a la de Madrid, por lo que el coste de la herencia es similar. Algo en  lo que están de acuerdo tanto el PP de Juanma Moreno como VOX de Manuel Gavira.

Por ejemplo, heredar una vivienda en Andalucía de 500.000 euros de un padre a un hijo supone pagar un impuesto de 2.560 euros. Si el heredero es un cónyuge, el impuesto a pagar se reduce a 256 euros.

Madrid y Andalucía son las comunidades autónomas donde es más barato heredar. En Cataluña, el coste de la herencia es mucho más elevado.

Heredar en España: diferencias según la Comunidad Autónoma

La herencia en España no se rige únicamente por el Código Civil, sino también por los derechos civiles forales o especiales que conservan algunas Comunidades Autónomas. Esto significa que heredar en España puede ser muy distinto dependiendo del lugar de residencia del causante (la persona fallecida) y del régimen jurídico que le sea aplicable. Comprender estas diferencias es esencial para planificar correctamente una sucesión o resolver conflictos entre herederos, motivo por el cual el asesoramiento de un abogado especialista en herencias es indispensable.

Los fundamentos del derecho sucesorio en España

De forma general, el Código Civil español establece que una herencia se divide en tres partes:

  • Tercio de legítima, reservado a los herederos forzosos (normalmente, los hijos).
  • Tercio de mejora, que puede asignarse a uno o varios de los descendientes.
  • Tercio de libre disposición, del que el testador puede disponer libremente.

Sin embargo, esta estructura no se aplica igual en todo el territorio nacional. Existen regímenes forales en Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia, Cataluña y Baleares, además de particularidades en otras comunidades que pueden afectar a la libertad para testar, a la legítima y a la sucesión intestada (cuando no hay testamento).

Cataluña: amplia libertad para disponer

En Cataluña, el derecho civil catalán otorga mayor libertad al testador. La legítima se reduce a una cuarta parte del patrimonio hereditario, que se reparte entre los descendientes, y no a un tercio como en el Código Civil. Además, la figura del heredero universal es muy común: se designa a una sola persona (frecuentemente el cónyuge o uno de los hijos) como heredero de todo el patrimonio, obligándola a compensar la legítima a los demás.

Cataluña también contempla el pacto sucesorio, un instrumento que permite ordenar la herencia en vida con efectos vinculantes, algo especialmente útil en empresas familiares.

Galicia y los pactos de mejora

En Galicia, el derecho civil propio permite también los pactos sucesorios, entre los que destaca el pacto de mejora, que posibilita entregar bienes en vida con efectos sucesorios, manteniendo ciertas ventajas fiscales. Este instrumento es muy utilizado en transmisiones familiares de fincas o negocios rurales.

La legítima en Galicia representa una cuarta parte del caudal hereditario, y puede distribuirse libremente entre los herederos forzosos.

Navarra y el principio de libertad civil

Navarra es el territorio con mayor libertad para testar. Su Fuero Nuevo prácticamente elimina las restricciones del sistema de legítimas, permitiendo disponer de los bienes sin obligación de reservar una parte a los herederos forzosos. Este modelo otorga una gran flexibilidad en la planificación patrimonial, aunque exige un conocimiento profundo de la normativa foral.

País Vasco: respeto a la tradición familiar

En el País Vasco, el derecho civil vasco combina tradición y modernidad. La legítima equivale a un tercio del patrimonio, pero puede cumplirse con bienes concretos, no necesariamente en metálico. En zonas con derecho civil local, como el Valle de Ayala o el Fuero de Bizkaia, se conserva el principio de troncalidad, que prioriza que los bienes permanezcan dentro de la familia o del linaje de origen.

Aragón y Baleares: regímenes intermedios

En Aragón, la legítima se reduce a la mitad del patrimonio, pero puede distribuirse libremente entre los descendientes, sin obligación de igualdad. Además, se permite el pacto sucesorio de institución recíproca, muy utilizado entre cónyuges.

En Baleares, cada isla tiene matices propios. En Mallorca y Menorca, la legítima es de un tercio, mientras que en Ibiza y Formentera puede ampliarse según las circunstancias familiares.

El papel clave del abogado y del notario

Heredar en España implica navegar por un mosaico jurídico complejo, donde la normativa estatal convive con derechos civiles autonómicos. Por ello, tanto el abogado especializado en herencias como el notario cumplen un papel esencial: el primero asesora y defiende los intereses del heredero o testador conforme al régimen aplicable, y el segundo garantiza la legalidad y validez formal del testamento o del pacto sucesorio.

Planificar la herencia con tiempo, ajustándola a la legislación autonómica correspondiente, evita conflictos familiares, optimiza la fiscalidad y asegura que la voluntad del testador se cumpla con seguridad jurídica.

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Equipo Legal de Herento
Equipo legal de Herento. Abogados de herencias y economistas en Barcelona. Firma especializada en planificación de herencias y gestión patrimonial.