Denuncia de una herencia sin herederos al Estado

denuncia de la herencia

En el caso de que tengamos conocimiento de una herencia en la que no hayan comparecido herederos, podemos beneficiarnos del derecho a premio por la denuncia de una herencia sin herederos que le corresponde al Estado o a la administración territorial pertinente.

Denunciar a una herencia al Estado tiene un derecho a premio del 10% del valor de la herencia denunciada, sin embargo, el escrito de denuncia se debe realizar cumpliendo una serie de requisitos. En el caso de Catalunya, esto queda regulado mediante decreto 124/2014, de 2 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 244/1995 y no hay derecho a premio.

Actualmente, son muchas las denuncias que, por falta de algún requisito, quedan sin premio. Por ello es imprescindible contar con la ayuda de abogados expertos para que puedan asesorarnos correctamente en el momento de realizar la denuncia.

Denunciar una herencia sin heredero en España: el derecho a premio

Como hemos mencionado anteriormente, las personas que denuncien la existencia de bienes que, por falta de herederos, pudieran corresponder al Estado, se les abonará como premio el 10% del valor de los bienes o derechos denunciados, siempre que finalmente esos bienes se incorporen al Patrimonio del Estado. Sin embargo, no todo el mundo tiene derecho a percibir dicho premio.

Tanto los funcionarios públicos como las personas que, por razón de su cargo, tienen conocimiento del fallecimiento intestado de alguna persona que carezca de herederos, tienen la obligación de comunicarlo a la Delegación de Hacienda, sin que se reconozca el derecho a percibir premio.

Documentos para realizar la denuncia

Para realizar la denuncia, hay que aportar los siguientes documentos:

  • Certificado de defunción del causante.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Datos o documentos que acrediten los bienes que poseía el causante.

Procedimiento para comunicarlo al estado

Cuando no existen herederos, o los llamados a heredar han renunciado a la herencia, se puede comunicar la existencia de esta herencia al Estado. El procedimiento se iniciará de oficio o por denuncia por parte de quien tenga conocimiento de ello, y será competente para su tramitación la Delegación de Economía y Hacienda correspondiente al lugar del último domicilio conocido del causante.

Una vez realizados los actos y comprobaciones que resulten necesarios para determinar la procedencia de los derechos sucesorios de la Administración General del Estado, se realizará un inventario con los bienes y derechos del causante.

¿Qué efectos tiene y cómo se reparte la herencia?

Se entenderá que el Estado hereda siempre a beneficio de inventario, es decir, las deudas que pudiera tener la herencia se abonarán con el caudal hereditario y el sobrante se adjudicará al Estado.

Cuando el Estado toma posesión de los bienes y derechos del causante, destinará 2/3 de la herencia a fines de interés social. El resto, deberá ser ingresado en el Tesoro Público.

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    Ramón Pratdesaba Ricart
    Ramón Pratdesaba ejerce como abogado en Barcelona desde el año 1988 y desde hace más de 25 años está especializado en el derecho de sucesiones.